El Buen Gobierno Corporativo como diligencia empresarial para una mejor confianza ante inversionistas dentro del mercado de capitales
Antonella Gabriela Ravenna Borja
Estudiante del sexto ciclo de Derecho en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)
I. Introducción:
Cuando una empresa toma la decisión de entrar al Mercado de Valores para emitir instrumentos financieros, ya sean de corto o largo plazo, significa que ha previsto cuáles serán los costos de naturaleza única los cuales deberá incurrir para poder realizarlo de manera exitosa. Uno de esos costos, resulta ser la adaptación de los principios del Buen Gobierno Corporativo (BGC) en su estructura interna, todo a fin de asegurar el objetivo principal: obtener la confianza de los inversionistas sobre los instrumentos emitidos en bolsa. Al respecto, el presente artículo tendrá como misión dar un breve alcance sobre lo que es el Buen Gobierno Corporativo, así como una explicación sobre la importancia que conlleva adoptarlas en una empresa peruana con interés en buscar financiamiento en el mercado de valores, así como los resultados que podrían resultar de ella.
II. El Buen Gobierno Corporativo:
2.1. Definición:
Según la OCDE (2016) resulta ser el conjunto de relaciones existentes entre el directorio, consejo de administración, los accionistas entre otros relacionados. De tal forma que su existencia en una empresa genera una estructura la cual a través suyo logrará establecer los objetivos y la manera en cómo estos serán alcanzados, así como la forma en la que se supervisará su avance.
Bowen, M. (2014) en Alarcón, G. (2019) lo define como el conjunto de buenas prácticas que tienen como función el regir las relaciones de quienes forman parte del cuerpo de una empresa tales como los órganos de control, administrativo, el accionariado e inversionistas, así como aquellos que obtienen beneficio de ella.
Para Casal, A. (2010) en Alarcón, G. (2019) es el conjunto de principios, métodos, políticas, normativas y estándares los cuales son empleados para fines de dirección y control dentro de una empresa independientemente de la naturaleza, dimensión o condición que ésta tenga, los cuales serán realizados de manera responsable, ética e imparcial. De ese modo, aquel conjunto cumplirá un rol de regulación sobre los órganos de gobierno interno respecto a su diseño, adhesión y funcionamiento, del cual tendrá se vuelve manifiesto en la relación existente entre el accionariado, directorio y gerencia en la empresa.
2.2. El Buen Gobierno Corporativo en el Perú:
El Perú motivado por las nuevas tendencias y necesidades que el mercado contemporáneo exigía, en Julio del 2002 emite el Código de Principios de Buen Gobierno Corporativo para sociedades peruanas realizado por el comité de entidades del sector público y privado, liderado por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), en ese tiempo llamado CONASEV. Es el 23 de febrero del 2012 donde el nuevo Comité instaurado presidido por la SMV y constituido por gremios empresariales e instituciones con alta presencia representativa en el mercado, realizan una revisión completa considerando las nuevas actualizaciones de los marcos legales del MV, los nuevos tópicos de pertinente relevancia relacionados a problemas tales como la asimetría de información, falta de transparencia así como el control interno, la gestión de los riesgos y, finalmente la implementación de los nuevos avances del tema actualizados por la OCDE y la CAF. Como resultado, se obtiene el Nuevo Código de Buen Gobierno para las Sociedades Peruanas aprobado por la Resolución Gerencial General N°140-2005-EF/94.11, el cual acoge los nuevos estándares posibles de aplicar a la realidad de las empresas peruanas.
2.2.1. Los principios del BGC en el Nuevo Código de BG para las Sociedades Peruanas y en la Ley del Mercado de Valores:
Los principios del BGC buscan asegurar el amparo de los derechos del accionariado, la equidad en el trato con accionistas, gestión adecuada en los grupos de interés en la empresa, comunicación efectiva, transparencia, así como la instauración de responsabilidades en el directorio. (CONASEV, 2002 en Carbonell O’Brien Abogados, Noviembre del 2008). Eso significa que, el correcto ejercicio de estos permitirá a las empresas estructuradas acceder fácilmente al financiamiento requerido en el Sistema Bursátil debido al valor económico adquirido al momento de asumir el compromiso de aplicarlos.
a. En Nuevo Código de BG para las Sociedades Peruanas:
Este código se encuentra estructurado por cinco pilares los cuales contienen de manera dispersa los principios de BGC, del cual a continuación haremos mención en base a cómo Caballero, C. & Zúñiga, H (2019) lo organizó:
PILAR 1 – Derecho de los accionistas: i) equidad del trato hacia accionistas, ii) Participación de accionariado, iii) no dilución en la participación en el capital social, vi) información y comunicación a los accionistas, v) participación en dividendos de la sociedad, vi) cambio o toma de control y, vii) arbitraje para solución de controversias.
PILAR 2 – Junta General de Accionistas: i) Función y competencia, ii) Reglamento de Junta General de Accionistas, iii) Mecanismos de convocatoria, iv) Propuestas de punto de agenda, v) Procedimientos para el ejercicio del voto, vi) Delegación de voto y, vii) Seguimiento de acuerdos de JGA.
PILAR 3 – El Directorio y la Alta Gerencia: i) estructura del directorio, ii) funciones del director(es), iii) Derechos y obligaciones del Directorio, iv) reglamento, v) directores independientes, vi) actuación del Directorio, vii) comités especiales, viii) el código de ética y solución de conflicto de los grupos de interés, ix) actuaciones de operación con partes relacionadas y, x) la alta gerencia y sus funciones.
PILAR 4 – Riesgo y Cumplimiento: i) gestión adecuada respecto a la identificación y evaluación de riesgos de difusión de información, ii) Auditor interno y, iii) auditores externos.
PILAR 5 – Transparencia de Información: i) Políticas sobre la información respecto a la difusión de información de relevancia y de forma oportuna, ii) EE.FF. y M.A., iii) Lista sobre el accionariado y los acuerdos suscritos, y iv) Informe sobre el GC.
Además, acoge dentro de consideraciones adicionales de principios complementarios los anexos referentes para el caso de Empresas del Estado (EPE) así como de empresas familiares.
b. En la Ley N° 20602 (Ley del Mercado de Valores) y Resolución SMV N° 025-2012-SMV/01 (Reglamento del Mercado Alternativo de Valores):
En ambas se promueve el necesario cumplimiento de los siguientes principios del BGC:
i) La transparencia del mercado: Se asegura su cumplimiento con la supervisión de la calidad de la misma, así como la forma en como esta será comunicada. Esta transparencia resulta ser el componente necesario además y determinante para que un inversionista decida si invertir su superávit o no. (Carbonell O’Brien Abogados, Noviembre del 2008) Esta información de la empresa y sus instrumentos emitidos tienen que estar disponibles de manera oportuna, completa, fidedigna, y clara. De ese modo el inversionista podrá actuar razonablemente a la hora de tomar una decisión en beneficio a sus intereses.
ii) La obligación de Informar: La empresa emisora está obligada a informar a tanto al SMV así como a la BVL respecto a los eventos relevantes que afronta su organización misma y/o diversos que califiquen dentro de Hechos de Importancia (Art. 28 de la LMV), la liberación de esta información tiene que ser de manera veraz, suficiente así como oportuna. En caso se incumpla esta obligación, se le atribuye al emisor una infracción.
iii) La información financiera: Las empresas emisoras deben presentar su información financiera compilada en Memorias anuales, información auditada, así como sus Balances generales, los estados de ganancias y pérdidas, estados de flujo efectivos, informe de la gerencia y el estado de cambio en el patrimonio neto.
2.2.2. ¿Resulta de obligatorio cumplimiento el Nuevo Código de BG en las empresas?:
Según la Resolución de Superintendencia N° 00012-2014, una empresa no se encuentra forzada a implementarlo debido a que no constituye como requisito obligatorio el adherir las prácticas del BGC a su estructura, sino que resulta ser plenamente facultativo. Es de ese modo que existe un Código para el BGC, cuya misión principal es servir como guía práctica para quienes se encuentren interesados en adoptar dichos principios en su organización así como la creación de una cultura de gobierno corporativo en el país. No obstante:
‘‘(…) para aquellos titulares de valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores resulta relevante conocer el grado de adhesión de los emisores de tales valores a dichos principios, para cuyo fin, en línea con el principio “cumple o explica” reconocido internacionalmente, se dispone que éstos brinden la información relacionada con las prácticas de gobierno corporativo en el orden y formato establecido por la SMV (…)’’. (Resolución de Superintendencia N° 00012-2014, 2014)
Por lo que en base a lo citado, las leyes del MV y el MAV respectivamente, para fines de protección al inversionista, la SMV le otorga la obligatoriedad y exigibilidad de la presentación del Reporte sobre el BGC, por lo que los emisores necesariamente tendrán que cumplir simultáneamente, tanto el Código como las leyes respectivas mencionadas. Cabe señalar que existen diferencias de temporalidad, ya que en el caso del MAV, el reporte respecto al Cumplimiento del Código recién se volverá obligatorio a partir del tercer año de colocación, del cual como exigencia mínima resulta ser completar ‘‘Sección A’’ de dicho reporte y de ‘‘Sección B’’ solo lo correspondiente al apartado ‘‘cumplir y explicar’’.
2.2.3. El Índice del BGC en la Bolsa de Valores de Lima (BVL):
En la BVL existe un índice dedicado al Buen Gobierno Corporativo (S & P / BVL IGBC) el cual reconoce en su listado a aquellas empresas que cotizan en bolsa las cuales logren destacar por tener los mejores estándares de Gobierno Corporativo, además de reflejar mejores rendimientos a comparación del resto. Esta resulta ser una herramienta de real utilidad para el inversionista ya que en un solo índice estarán agrupados las empresas indicadoras financieros más sólidos además de cumplir satisfactoriamente con el compromiso del BGC (BVL, 2009 en Caballero, C. & Zúñiga, H, 2019).
2.3. La entrada de una empresa al mercado de capitales y la implementación de los principios del Buen Gobierno Corporativo:
Para una empresa, el proceso de entrada al Mercado de Valores resulta ser un proceso muy engorroso, no solo por los requisitos exigidos, la fuerte inversión y compromisos que se asumen sino que la estructuración requerida para adecuarse tanto a los estándares como a los requisitos mínimos solicitados por el mercado toma un tiempo considerable, tomando en cuenta el caso de las empresas emisores en MV donde se corrobora en los párrafos anteriores su exigencia y acreditación de cumplimiento. Inclusive, si la intención de ingreso es al MAV, el cual resulta ser el proceso menos complejo por ser precisamente destinado para pequeñas y medianas empresas, aún así podría tomar no menos de menos seis meses para realizar exitosamente el proceso de entrada (Pineda, J., 2013). De no asumir como necesidad esta preparación para ingresar al MAV, lamentablemente la empresa tendrá menos oportunidades de vender sus ICP.
Respecto a los costos promedios que una empresa ingresante incurre, a modo de ejemplificar el contexto del caso del MAV, es pertinente hacer mención al ejemplo de Pineda, J. (2013) donde presenta un caso de primera emisión de 4.000.000,000 USD mediante Oferta Pública Primaria en el año 2012, siendo costos los siguientes:
i) La preparación y el contrato del estructurador quien resulta necesario para el adecuado diseño de las operaciones en bolsa (en el caso del MAV, no es obligatorio contar con un estructurador) en un total de 70.000 USD; ii) El contratar a clasificadoras de riesgos (en caso del MAV, sólo exige una) la cual por informe suelen cobrar un aproximado de 15.000 USD; iii) Las auditorías de Estados Financieros (anual y trimestral, respectivamente) en 10.000 USD; iv) El Due Diligence legal en un total de 10.000 USD del cual, la BVL se cobra un porcentaje (0,0375%) del monto a colocar, siendo así 1,500 USD; v) La tarifa de CAVALI en 85 USD; vi) El costo de la inscripción en la SMV, del cual en ese año resultó ser 2.538 PEN (976 USD aprox.); vii) La comisión que cobra la SMV por el tipo de oferta emitida siendo así 2.000 USD el 0,050% de la emisión; viii) El IGV de las comisiones en un total de 360 USD; ix) El pago a la SAB por colocación siendo 20.000 USD el 0,50% de comisión; x) el Pago único de a MVNet en 210 USD y; finalmente, xi) El aviso en diario en 2.000 USD. Finalmente, para una primera emisión se asume un costo total de 132.131 USD, sin tomar en consideración los costos resultantes al mantenimiento anual de dicha emisión.
Es por ello que, tomando en cuenta la gran inversión en la que suele incurrir una empresa para realizar su primera emisión, tiene que encontrarse completamente lista para empezar con la captación de capital con rapidez de inversionistas interesados. Pero ¿cómo asegurar que una empresa primeriza pueda afrontar adecuadamente la competitividad existente en el sistema bursátil, así como lograr cumplir con los altos estándares exigidos por los inversionistas, tanto retails como institucionales? La respuesta a esta pregunta la encontramos en la acreditación del cumplimiento de la práctica del BGC, aportando de ese modo un valor agregado, así como más posibilidades de asegurar el éxito de la operación bajo el hecho que un inversionista sensato siempre optará por invertir en una empresa la cual cumpla con estos principios (Rocca, L., 2015).
Las tendencias observadas en los resultados de la Encuesta Anual de Directores de PwC realizadas en el 2016, indican que los inversionistas se decantan por aquellas empresas que tienen un BGC ya que estas le generan mayor confianza y garantías respecto al destino de su inversión. Es por ello que actualmente las empresas enfocan su Gobernanza Corporativa hacia un modelo enfocado en el inversionista, por lo que se puede confirmar que el inversionista tiene influencia en la forma en como una empresa opera internamente (Villalobos, M., 2 de abril del 2017). En pocas palabras, podemos decir que si una empresa primeriza en la bolsa cumple con el BGC, para un inversionista eso significa que está comprometida a comportarse bien con sus inversionistas, accionistas, miembros del directorio, stakeholders entre otros, y por lo tanto, calificaría como un incentivo adicional para que los inversores decidan invertir o no en ella. Pero también, las empresas deben tener muy en cuenta que la relación existente entre el BGC con el valor de sus acciones es directamente proporcional, a modo de ejemplo cito lo indicado por Humberto Nadal en Villalobos, M. (2 de abril del 2017) que desde el momento en que una empresa registre en su historial la existencia de cuestionamientos respecto a su propio GS tendrá que afrontar problemas debido a que el valor de sus acciones caerán como consecuencia de la desconfianza creada ante inversionistas debido a esa irregularidad.
Por lo que queda claro que no solo basta con implementarlo en la estructura misma, sino que debe asegurarse además de que esta esté siendo cumplida correctamente además que posea la estructura adecuada que le permita gestionar incidentes de manera exitosa; y para que ello resulte se requiere de un esfuerzo entre los miembros de la empresa, así como la posibilidad de implementar un comité de auditoría lo cual resulta ser lo más acudido por las empresas.
2.4. Perú como economía emergente para el mundo de las inversiones:
A las economías emergentes se les atribuye la etiqueta de ser países de gran potencial económico pero que gran parte del tiempo se encuentran en contextos irregulares y de poca estabilidad, llevándolas inevitablemente a la necesidad de ofrecer altos rendimientos a quienes decidan invertir deuda en ellas debido al riesgo expuesto. Dentro de estas economías se encuentran los mercados bursátiles latinoamericanos del cual el Perú forma parte. Para los inversionistas con portafolios de inversión moderado adaptado al criterio de aversión al riesgo, tendrán un enfoque únicamente dirigido a invertir en deuda de empresas con GC (Garnica de La Espriella, L., 2009). Pero en el caso del inversor de acciones el criterio es distinto, aunque este se motive más por la volatilidad aún así requiere de garantías respecto a la seguridad de su inversión a largo plazo por lo que también acaban optando por invertir en empresas con GC, de ese modo se confirma la tendencia del inversor en preferir realizar sus inversiones en empresas con BGC.
REFERENCIAS:
[1] Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE (2016) Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE y del G20, Éditions OCDE, París. Pp. 9.
[2] Alarcón, G. (2019). La necesidad de implementar un buen Gobierno Corporativo en el Derecho Societario Ecuatoriano.
[3] Carbonell O’Brien Abogados (Noviembre, 2008) El buen gobierno corporativo genera valor a las empresas. Via Crisis. Revista electrónica de Derecho concursal Núm. 43.
[4] Pineda, J. (Mayo, 2013). Las Medianas Empresas en el Mercado Bursátil del Perú. Tesina para el grado de Magíster, Pontificia Universidad Católica del Perú.
[5] Superintendencia del Mercado de Valores – SMV (2014). Resolución de Superintendencia N°00012-2014.
[6] Superintendencia del Mercado de Valores – SMV (2012). Resolución SMV N° 025-2012-SMV/01, Reglamento del Mercado Alternativo de Valores.
[7] Garnica de La Espriella, L. (2009). Implicaciones del Gobierno Corporativo en las Economías Emergentes.
[8] Rocca, L. (2015) El nuevo Reglamento de Hechos de Importancia en el Perú. Ius et Praxis, revista de la Facultad de Derecho, N°46, 2015 (pp. 89-112).
Antonella Gabriela Ravenna Borja
Estudiante del sexto ciclo de Derecho en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)
I. Introducción:
Cuando una empresa toma la decisión de entrar al Mercado de Valores para emitir instrumentos financieros, ya sean de corto o largo plazo, significa que ha previsto cuáles serán los costos de naturaleza única los cuales deberá incurrir para poder realizarlo de manera exitosa. Uno de esos costos, resulta ser la adaptación de los principios del Buen Gobierno Corporativo (BGC) en su estructura interna, todo a fin de asegurar el objetivo principal: obtener la confianza de los inversionistas sobre los instrumentos emitidos en bolsa. Al respecto, el presente artículo tendrá como misión dar un breve alcance sobre lo que es el Buen Gobierno Corporativo, así como una explicación sobre la importancia que conlleva adoptarlas en una empresa peruana con interés en buscar financiamiento en el mercado de valores, así como los resultados que podrían resultar de ella.
II. El Buen Gobierno Corporativo:
2.1. Definición:
Según la OCDE (2016) resulta ser el conjunto de relaciones existentes entre el directorio, consejo de administración, los accionistas entre otros relacionados. De tal forma que su existencia en una empresa genera una estructura la cual a través suyo logrará establecer los objetivos y la manera en cómo estos serán alcanzados, así como la forma en la que se supervisará su avance.
Bowen, M. (2014) en Alarcón, G. (2019) lo define como el conjunto de buenas prácticas que tienen como función el regir las relaciones de quienes forman parte del cuerpo de una empresa tales como los órganos de control, administrativo, el accionariado e inversionistas, así como aquellos que obtienen beneficio de ella.
Para Casal, A. (2010) en Alarcón, G. (2019) es el conjunto de principios, métodos, políticas, normativas y estándares los cuales son empleados para fines de dirección y control dentro de una empresa independientemente de la naturaleza, dimensión o condición que ésta tenga, los cuales serán realizados de manera responsable, ética e imparcial. De ese modo, aquel conjunto cumplirá un rol de regulación sobre los órganos de gobierno interno respecto a su diseño, adhesión y funcionamiento, del cual tendrá se vuelve manifiesto en la relación existente entre el accionariado, directorio y gerencia en la empresa.
2.2. El Buen Gobierno Corporativo en el Perú:
El Perú motivado por las nuevas tendencias y necesidades que el mercado contemporáneo exigía, en Julio del 2002 emite el Código de Principios de Buen Gobierno Corporativo para sociedades peruanas realizado por el comité de entidades del sector público y privado, liderado por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), en ese tiempo llamado CONASEV. Es el 23 de febrero del 2012 donde el nuevo Comité instaurado presidido por la SMV y constituido por gremios empresariales e instituciones con alta presencia representativa en el mercado, realizan una revisión completa considerando las nuevas actualizaciones de los marcos legales del MV, los nuevos tópicos de pertinente relevancia relacionados a problemas tales como la asimetría de información, falta de transparencia así como el control interno, la gestión de los riesgos y, finalmente la implementación de los nuevos avances del tema actualizados por la OCDE y la CAF. Como resultado, se obtiene el Nuevo Código de Buen Gobierno para las Sociedades Peruanas aprobado por la Resolución Gerencial General N°140-2005-EF/94.11, el cual acoge los nuevos estándares posibles de aplicar a la realidad de las empresas peruanas.
2.2.1. Los principios del BGC en el Nuevo Código de BG para las Sociedades Peruanas y en la Ley del Mercado de Valores:
Los principios del BGC buscan asegurar el amparo de los derechos del accionariado, la equidad en el trato con accionistas, gestión adecuada en los grupos de interés en la empresa, comunicación efectiva, transparencia, así como la instauración de responsabilidades en el directorio. (CONASEV, 2002 en Carbonell O’Brien Abogados, Noviembre del 2008). Eso significa que, el correcto ejercicio de estos permitirá a las empresas estructuradas acceder fácilmente al financiamiento requerido en el Sistema Bursátil debido al valor económico adquirido al momento de asumir el compromiso de aplicarlos.
a. En Nuevo Código de BG para las Sociedades Peruanas:
Este código se encuentra estructurado por cinco pilares los cuales contienen de manera dispersa los principios de BGC, del cual a continuación haremos mención en base a cómo Caballero, C. & Zúñiga, H (2019) lo organizó:
PILAR 1 – Derecho de los accionistas: i) equidad del trato hacia accionistas, ii) Participación de accionariado, iii) no dilución en la participación en el capital social, vi) información y comunicación a los accionistas, v) participación en dividendos de la sociedad, vi) cambio o toma de control y, vii) arbitraje para solución de controversias.
PILAR 2 – Junta General de Accionistas: i) Función y competencia, ii) Reglamento de Junta General de Accionistas, iii) Mecanismos de convocatoria, iv) Propuestas de punto de agenda, v) Procedimientos para el ejercicio del voto, vi) Delegación de voto y, vii) Seguimiento de acuerdos de JGA.
PILAR 3 – El Directorio y la Alta Gerencia: i) estructura del directorio, ii) funciones del director(es), iii) Derechos y obligaciones del Directorio, iv) reglamento, v) directores independientes, vi) actuación del Directorio, vii) comités especiales, viii) el código de ética y solución de conflicto de los grupos de interés, ix) actuaciones de operación con partes relacionadas y, x) la alta gerencia y sus funciones.
PILAR 4 – Riesgo y Cumplimiento: i) gestión adecuada respecto a la identificación y evaluación de riesgos de difusión de información, ii) Auditor interno y, iii) auditores externos.
PILAR 5 – Transparencia de Información: i) Políticas sobre la información respecto a la difusión de información de relevancia y de forma oportuna, ii) EE.FF. y M.A., iii) Lista sobre el accionariado y los acuerdos suscritos, y iv) Informe sobre el GC.
Además, acoge dentro de consideraciones adicionales de principios complementarios los anexos referentes para el caso de Empresas del Estado (EPE) así como de empresas familiares.
b. En la Ley N° 20602 (Ley del Mercado de Valores) y Resolución SMV N° 025-2012-SMV/01 (Reglamento del Mercado Alternativo de Valores):
En ambas se promueve el necesario cumplimiento de los siguientes principios del BGC:
i) La transparencia del mercado: Se asegura su cumplimiento con la supervisión de la calidad de la misma, así como la forma en como esta será comunicada. Esta transparencia resulta ser el componente necesario además y determinante para que un inversionista decida si invertir su superávit o no. (Carbonell O’Brien Abogados, Noviembre del 2008) Esta información de la empresa y sus instrumentos emitidos tienen que estar disponibles de manera oportuna, completa, fidedigna, y clara. De ese modo el inversionista podrá actuar razonablemente a la hora de tomar una decisión en beneficio a sus intereses.
ii) La obligación de Informar: La empresa emisora está obligada a informar a tanto al SMV así como a la BVL respecto a los eventos relevantes que afronta su organización misma y/o diversos que califiquen dentro de Hechos de Importancia (Art. 28 de la LMV), la liberación de esta información tiene que ser de manera veraz, suficiente así como oportuna. En caso se incumpla esta obligación, se le atribuye al emisor una infracción.
iii) La información financiera: Las empresas emisoras deben presentar su información financiera compilada en Memorias anuales, información auditada, así como sus Balances generales, los estados de ganancias y pérdidas, estados de flujo efectivos, informe de la gerencia y el estado de cambio en el patrimonio neto.
2.2.2. ¿Resulta de obligatorio cumplimiento el Nuevo Código de BG en las empresas?:
Según la Resolución de Superintendencia N° 00012-2014, una empresa no se encuentra forzada a implementarlo debido a que no constituye como requisito obligatorio el adherir las prácticas del BGC a su estructura, sino que resulta ser plenamente facultativo. Es de ese modo que existe un Código para el BGC, cuya misión principal es servir como guía práctica para quienes se encuentren interesados en adoptar dichos principios en su organización así como la creación de una cultura de gobierno corporativo en el país. No obstante:
‘‘(…) para aquellos titulares de valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores resulta relevante conocer el grado de adhesión de los emisores de tales valores a dichos principios, para cuyo fin, en línea con el principio “cumple o explica” reconocido internacionalmente, se dispone que éstos brinden la información relacionada con las prácticas de gobierno corporativo en el orden y formato establecido por la SMV (…)’’. (Resolución de Superintendencia N° 00012-2014, 2014)
Por lo que en base a lo citado, las leyes del MV y el MAV respectivamente, para fines de protección al inversionista, la SMV le otorga la obligatoriedad y exigibilidad de la presentación del Reporte sobre el BGC, por lo que los emisores necesariamente tendrán que cumplir simultáneamente, tanto el Código como las leyes respectivas mencionadas. Cabe señalar que existen diferencias de temporalidad, ya que en el caso del MAV, el reporte respecto al Cumplimiento del Código recién se volverá obligatorio a partir del tercer año de colocación, del cual como exigencia mínima resulta ser completar ‘‘Sección A’’ de dicho reporte y de ‘‘Sección B’’ solo lo correspondiente al apartado ‘‘cumplir y explicar’’.
2.2.3. El Índice del BGC en la Bolsa de Valores de Lima (BVL):
En la BVL existe un índice dedicado al Buen Gobierno Corporativo (S & P / BVL IGBC) el cual reconoce en su listado a aquellas empresas que cotizan en bolsa las cuales logren destacar por tener los mejores estándares de Gobierno Corporativo, además de reflejar mejores rendimientos a comparación del resto. Esta resulta ser una herramienta de real utilidad para el inversionista ya que en un solo índice estarán agrupados las empresas indicadoras financieros más sólidos además de cumplir satisfactoriamente con el compromiso del BGC (BVL, 2009 en Caballero, C. & Zúñiga, H, 2019).
2.3. La entrada de una empresa al mercado de capitales y la implementación de los principios del Buen Gobierno Corporativo:
Para una empresa, el proceso de entrada al Mercado de Valores resulta ser un proceso muy engorroso, no solo por los requisitos exigidos, la fuerte inversión y compromisos que se asumen sino que la estructuración requerida para adecuarse tanto a los estándares como a los requisitos mínimos solicitados por el mercado toma un tiempo considerable, tomando en cuenta el caso de las empresas emisores en MV donde se corrobora en los párrafos anteriores su exigencia y acreditación de cumplimiento. Inclusive, si la intención de ingreso es al MAV, el cual resulta ser el proceso menos complejo por ser precisamente destinado para pequeñas y medianas empresas, aún así podría tomar no menos de menos seis meses para realizar exitosamente el proceso de entrada (Pineda, J., 2013). De no asumir como necesidad esta preparación para ingresar al MAV, lamentablemente la empresa tendrá menos oportunidades de vender sus ICP.
Respecto a los costos promedios que una empresa ingresante incurre, a modo de ejemplificar el contexto del caso del MAV, es pertinente hacer mención al ejemplo de Pineda, J. (2013) donde presenta un caso de primera emisión de 4.000.000,000 USD mediante Oferta Pública Primaria en el año 2012, siendo costos los siguientes:
i) La preparación y el contrato del estructurador quien resulta necesario para el adecuado diseño de las operaciones en bolsa (en el caso del MAV, no es obligatorio contar con un estructurador) en un total de 70.000 USD; ii) El contratar a clasificadoras de riesgos (en caso del MAV, sólo exige una) la cual por informe suelen cobrar un aproximado de 15.000 USD; iii) Las auditorías de Estados Financieros (anual y trimestral, respectivamente) en 10.000 USD; iv) El Due Diligence legal en un total de 10.000 USD del cual, la BVL se cobra un porcentaje (0,0375%) del monto a colocar, siendo así 1,500 USD; v) La tarifa de CAVALI en 85 USD; vi) El costo de la inscripción en la SMV, del cual en ese año resultó ser 2.538 PEN (976 USD aprox.); vii) La comisión que cobra la SMV por el tipo de oferta emitida siendo así 2.000 USD el 0,050% de la emisión; viii) El IGV de las comisiones en un total de 360 USD; ix) El pago a la SAB por colocación siendo 20.000 USD el 0,50% de comisión; x) el Pago único de a MVNet en 210 USD y; finalmente, xi) El aviso en diario en 2.000 USD. Finalmente, para una primera emisión se asume un costo total de 132.131 USD, sin tomar en consideración los costos resultantes al mantenimiento anual de dicha emisión.
Es por ello que, tomando en cuenta la gran inversión en la que suele incurrir una empresa para realizar su primera emisión, tiene que encontrarse completamente lista para empezar con la captación de capital con rapidez de inversionistas interesados. Pero ¿cómo asegurar que una empresa primeriza pueda afrontar adecuadamente la competitividad existente en el sistema bursátil, así como lograr cumplir con los altos estándares exigidos por los inversionistas, tanto retails como institucionales? La respuesta a esta pregunta la encontramos en la acreditación del cumplimiento de la práctica del BGC, aportando de ese modo un valor agregado, así como más posibilidades de asegurar el éxito de la operación bajo el hecho que un inversionista sensato siempre optará por invertir en una empresa la cual cumpla con estos principios (Rocca, L., 2015).
Las tendencias observadas en los resultados de la Encuesta Anual de Directores de PwC realizadas en el 2016, indican que los inversionistas se decantan por aquellas empresas que tienen un BGC ya que estas le generan mayor confianza y garantías respecto al destino de su inversión. Es por ello que actualmente las empresas enfocan su Gobernanza Corporativa hacia un modelo enfocado en el inversionista, por lo que se puede confirmar que el inversionista tiene influencia en la forma en como una empresa opera internamente (Villalobos, M., 2 de abril del 2017). En pocas palabras, podemos decir que si una empresa primeriza en la bolsa cumple con el BGC, para un inversionista eso significa que está comprometida a comportarse bien con sus inversionistas, accionistas, miembros del directorio, stakeholders entre otros, y por lo tanto, calificaría como un incentivo adicional para que los inversores decidan invertir o no en ella. Pero también, las empresas deben tener muy en cuenta que la relación existente entre el BGC con el valor de sus acciones es directamente proporcional, a modo de ejemplo cito lo indicado por Humberto Nadal en Villalobos, M. (2 de abril del 2017) que desde el momento en que una empresa registre en su historial la existencia de cuestionamientos respecto a su propio GS tendrá que afrontar problemas debido a que el valor de sus acciones caerán como consecuencia de la desconfianza creada ante inversionistas debido a esa irregularidad.
Por lo que queda claro que no solo basta con implementarlo en la estructura misma, sino que debe asegurarse además de que esta esté siendo cumplida correctamente además que posea la estructura adecuada que le permita gestionar incidentes de manera exitosa; y para que ello resulte se requiere de un esfuerzo entre los miembros de la empresa, así como la posibilidad de implementar un comité de auditoría lo cual resulta ser lo más acudido por las empresas.
2.4. Perú como economía emergente para el mundo de las inversiones:
A las economías emergentes se les atribuye la etiqueta de ser países de gran potencial económico pero que gran parte del tiempo se encuentran en contextos irregulares y de poca estabilidad, llevándolas inevitablemente a la necesidad de ofrecer altos rendimientos a quienes decidan invertir deuda en ellas debido al riesgo expuesto. Dentro de estas economías se encuentran los mercados bursátiles latinoamericanos del cual el Perú forma parte. Para los inversionistas con portafolios de inversión moderado adaptado al criterio de aversión al riesgo, tendrán un enfoque únicamente dirigido a invertir en deuda de empresas con GC (Garnica de La Espriella, L., 2009). Pero en el caso del inversor de acciones el criterio es distinto, aunque este se motive más por la volatilidad aún así requiere de garantías respecto a la seguridad de su inversión a largo plazo por lo que también acaban optando por invertir en empresas con GC, de ese modo se confirma la tendencia del inversor en preferir realizar sus inversiones en empresas con BGC.
REFERENCIAS:
[1] Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE (2016) Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE y del G20, Éditions OCDE, París. Pp. 9.
[2] Alarcón, G. (2019). La necesidad de implementar un buen Gobierno Corporativo en el Derecho Societario Ecuatoriano.
[3] Carbonell O’Brien Abogados (Noviembre, 2008) El buen gobierno corporativo genera valor a las empresas. Via Crisis. Revista electrónica de Derecho concursal Núm. 43.
[4] Pineda, J. (Mayo, 2013). Las Medianas Empresas en el Mercado Bursátil del Perú. Tesina para el grado de Magíster, Pontificia Universidad Católica del Perú.
[5] Superintendencia del Mercado de Valores – SMV (2014). Resolución de Superintendencia N°00012-2014.
[6] Superintendencia del Mercado de Valores – SMV (2012). Resolución SMV N° 025-2012-SMV/01, Reglamento del Mercado Alternativo de Valores.
[7] Garnica de La Espriella, L. (2009). Implicaciones del Gobierno Corporativo en las Economías Emergentes.
[8] Rocca, L. (2015) El nuevo Reglamento de Hechos de Importancia en el Perú. Ius et Praxis, revista de la Facultad de Derecho, N°46, 2015 (pp. 89-112).